Bogotá- El Gobierno de Colombia derogó la disposición que obligaba a los transportistas de carga de Ecuador a realizar un transbordo de mercancías al ingresar a territorio colombiano, una exigencia que permanecía vigente desde 2021 y que había sido cuestionada por Ecuador ante la Comunidad Andina (CAN).
La decisión fue adoptada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia el 9 de julio de 2026, luego de que la Secretaría General de la CAN concluyera que la medida era incompatible con la normativa comunitaria que regula el transporte internacional terrestre entre los países miembros.
Hasta ahora, los camiones ecuatorianos debían descargar su mercancía en la frontera para trasladarla a un tractocamión autorizado para operar en Colombia, un procedimiento que incrementaba los tiempos logísticos y los costos para las empresas transportistas.
El pronunciamiento de la Secretaría General de la CAN, emitido el 15 de junio de 2026, determinó que la exigencia vulneraba el ordenamiento jurídico andino y otorgó a Colombia un plazo de 20 días para dejarla sin efecto.
La controversia se originó tras una reclamación presentada por el Gobierno de Ecuador en febrero de este año, en la que alegó un presunto incumplimiento del Acuerdo de Cartagena y del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
Según las autoridades ecuatorianas, la obligación de realizar el cambio de unidad de transporte representaba una barrera al comercio intracomunitario, al restringir la libre circulación de mercancías y reducir la competitividad de los operadores nacionales mediante costos logísticos adicionales.
Con la eliminación de la restricción, los transportistas ecuatorianos podrán continuar sus operaciones de transporte terrestre internacional en Colombia bajo las condiciones previstas en la normativa andina, sin necesidad de efectuar el transbordo de la carga en la frontera.
La decisión supone un avance para la integración comercial entre Ecuador y Colombia y restablece las condiciones de competencia previstas en los acuerdos que regulan el comercio y el transporte dentro de la Comunidad Andina.