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Ecuador impone nuevas reglas a alianzas público-privadas para el sector minero

24/03/2026 El Oriente - Redacción

La normativa unifica y reemplaza disposiciones previas y establece nuevas condiciones para la colaboración entre el Estado y empresas privadas

Uno de los cambios más significativos es que la selección de socios privados se realizará, como regla general, mediante concursos públicos / Foto: cortesía Cámara de Minería del Ecuador Uno de los cambios más significativos es que la selección de socios privados se realizará, como regla general, mediante concursos públicos / Foto: cortesía Cámara de Minería del Ecuador

Uno de los cambios más significativos es que la selección de socios privados se realizará, como regla general, mediante concursos públicos / Foto: cortesía Cámara de Minería del Ecuador

Quito- El gobierno redefine las reglas del sector minero con la aprobación del Reglamento para el Ejercicio de la Capacidad de Asociatividad y de Contratación de la Empresa Nacional Minera (ENAMI EP), mediante la Resolución Nro. 280-2026-DIR-ENAMIEP. La normativa unifica y reemplaza disposiciones previas y establece nuevas condiciones para la colaboración entre el Estado y empresas privadas en proyectos mineros.

Según ENAMI EP, la norma refuerza su papel como actor central en la minería nacional, alineándose con la Constitución que considera los recursos minerales como estratégicos y de propiedad estatal. Todas las asociaciones deberán integrarse al Plan Nacional de Desarrollo y a la planificación sectorial vigente.

Concursos públicos y mayor transparencia

Uno de los cambios más significativos es que la selección de socios privados se realizará, como regla general, mediante concursos públicos, incluso cuando los proyectos se propongan de forma privada. El promotor conserva el derecho de “primer ofertante” para mejorar la mejor propuesta económica presentada, pero deberá competir con otros interesados. La normativa enfatiza los principios de transparencia, sostenibilidad ambiental, interés nacional e integridad corporativa.

Tres modelos de asociación

El reglamento define tres figuras principales de colaboración:

  • Alianzas estratégicas, para proyectos específicos sin crear nuevas empresas.
  • Empresas de economía mixta, donde ENAMI EP debe ser accionista mayoritario.
  • Acuerdos comerciales, dirigidos a proyectos de mediana y gran minería, donde el socio privado asume el 100 % de la inversión y del riesgo. Estos acuerdos incorporan obligatoriamente un Net Smelter Return (NSR) a favor de ENAMI EP, porcentaje adicional al de las regalías estatales, asegurando la participación sostenida del Estado en los beneficios.

Regulación más estricta para transferencias y pequeña minería

La normativa exige que los procesos de cesión y transferencia de derechos mineros cumplan con valorización internacional, garantías financieras y cláusulas anticorrupción. Para la pequeña y artesanal minería se establecen límites de superficie y producción, la obligación de procesar minerales en plantas autorizadas y el cumplimiento de normas ambientales y laborales.

Analistas señalan que, si bien la norma refuerza el control estatal y promueve la sostenibilidad, su impacto dependerá de la capacidad de ENAMI EP para equilibrar regulación estricta y atracción de inversión privada en un sector históricamente complejo y sensible a fluctuaciones internacionales.

De acuerdo con la institución, el reglamento pretende consolidar un sector minero más transparente, eficiente y competitivo, buscando convertirlo en un pilar de la economía ecuatoriana.

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