martes, 11 de agosto de 2026
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Gobierno cambia fórmula para que la reducción mensual de combustibles sea más gradual

El presidente Daniel Noboa anticipó que habrá una reducción leve, que sería la segunda baja consecutiva después de cinco meses de incrementos

En términos sencillos, la reforma busca que las disminuciones sean graduales, en lugar de trasladar de forma inmediata toda la variación internacional al mercado ecuatoriano / Foto: cortesía

Quito- El ajuste ocurre en medio del mecanismo excepcional adoptado por el Gobierno para amortiguar el impacto de la volatilidad internacional de los combustibles. En julio de 2026, mediante el Decreto 444, el Ejecutivo ya había introducido cambios temporales y graduales al esquema aplicado a los combustibles del segmento automotriz.

Ahora, el Decreto Ejecutivo 468, firmado el 11 de agosto, modifica nuevamente ese mecanismo y, principalmente, establece cómo se aplicarán las reducciones mensuales mientras esté vigente.

Cuando corresponda una reducción, el Precio de Venta en Terminal, uno de los componentes utilizados para determinar el precio final, disminuirá mediante un factor que podrá ubicarse entre 0,75 % y 1,5 % mensual. El factor comenzará en el mínimo del rango y podrá variar progresivamente desde el segundo mes de aplicación.

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En términos sencillos, la reforma busca que las disminuciones sean graduales, en lugar de trasladar de forma inmediata toda la variación internacional al mercado ecuatoriano. El propio decreto señala que el objetivo es reducir las diferencias entre los precios internacionales y nacionales, evitando variaciones extraordinarias y sostenidas y preservando la sostenibilidad fiscal.

También cambia una de las condiciones para abandonar este mecanismo excepcional. La variación del Precio de Paridad de Importación (PPI) del período actual frente al registrado cuatro períodos atrás deberá ser igual o superior al 40 %. Mientras no se cumplan las condiciones de salida previstas, el mecanismo continuará aplicándose automáticamente.

Ecuador mantiene desde junio de 2024 un sistema que vincula los precios internos de los combustibles con su comportamiento internacional. El Decreto 468 entrará en vigencia desde las 00:00 del 12 de agosto de 2026, coincidiendo con el nuevo ajuste mensual.