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La CorteIDH condena a Ecuador por la desaparición de Freddy Núñez
Los hechos ocurrieron el 15 de julio de 2001, cuando Fredy Núñez Naranjo fue detenido y trasladado al destacamento policial del cantón Quero
Los hechos ocurrieron el 15 de julio de 2001, cuando Fredy Núñez Naranjo fue detenido y trasladado al destacamento policial del cantón Quero / Foto: cortesía
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este miércoles al Estado de Ecuador por la desaparición forzada de Fredy Núñez Naranjo, ocurrida en 2001, y la posterior falta de investigación para dar con su paradero.
En la sentencia notificada este miércoles, la CorteIDH encontró a Ecuador responsable "por la desaparición forzada de Fredy Núñez Naranjo, así como por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de éste y de sus familiares por la falta de búsqueda inmediata, investigación y sanción de los responsables".
Los jueces también acreditaron una serie de violaciones a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y al derecho a la verdad.
Los hechos ocurrieron el 15 de julio de 2001, cuando Fredy Núñez Naranjo fue detenido y trasladado al destacamento policial del cantón Quero, Provincia de Tungurahua, debido a su participación en una riña con otra persona.
Un grupo de alrededor de 400 personas arribó al lugar de detención, liberó a la otra persona y tomó como rehenes a Núñez Naranjo; a su madre, Gregoria Naranjo, y a su hermana, Marcia Núñez, a quienes agredieron físicamente.
Posteriormente, las dos mujeres fueron liberadas, mientras que Fredy Núñez "fue subido a un vehículo con rumbo desconocido y, desde entonces, se desconoce su paradero", agrega la sentencia.
La Corte concluyó que "el Estado incumplió el deber de custodia que le incumbía debido a la posición de garante que ostentaba respecto de Fredy Núñez Naranjo y que, por tal razón, se configuró una desaparición forzada que le es atribuible".
El alto tribunal también consideró que las acciones desplegadas por el Estado justo después de la desaparición de la víctima "fueron claramente insuficientes pues se limitaron a la recolección de testimonios".
Y además determinó que "no se desarrolló ninguna operación de búsqueda oportuna" y que como consecuencia de las deficiencias de la investigación "las actuaciones durante los primeros 16 meses tras la desaparición de la víctima, condujeron al sobreseimiento de la causa".
"Pese a la reapertura de la indagación, 16 años más tarde, hoy no existe siquiera un proceso penal abierto en contra de los eventuales responsables del delito de desaparición forzada y, menos aún, alguna sanción impuesta en contra de estos", concluye la CorteIDH.
La CorteIDH destacó que durante el proceso Ecuador reconoció su responsabilidad internacional por las deficiencias en la investigación, pero que rebatió que se tratara de una desaparición forzada atribuible al Estado.
El tribunal continental ordenó al Estado ecuatoriano continuar las investigaciones penales en curso por los delitos de desaparición forzada y tortura, así como las acciones de búsqueda de Fredy Núñez Naranjo; brindar tratamiento psicológico o psiquiátrico a los familiares de la víctima; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y pagar a la familia indemnizaciones por daños materiales e inmateriales.