El Consejo Nacional Electoral (CNE) rechazó este miércoles las solicitudes para iniciar el proceso de revocatoria de mandato del presidente Daniel Noboa y de la vicepresidenta María José Pinto, al determinar que los pedidos no cumplieron con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
La decisión fue adoptada por unanimidad de los cinco integrantes del Pleno: Diana Atamaint, Enrique Pita, José Cabrera, Elena Nájera y Esthela Acero.
En el caso del presidente Noboa, la solicitud fue presentada por el abogado Washington Andrade y el dirigente de la Ecuarunari, Leonidas Iza. Los proponentes argumentaron que el mandatario habría incumplido el plan de trabajo presentado durante la campaña electoral, así como obligaciones contempladas en la Constitución y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.
Sin embargo, el informe técnico analizado por el organismo electoral concluyó que los solicitantes no demostraron de manera clara y documentada el presunto incumplimiento del plan plurianual de gobierno ni expusieron fundamentos suficientes que respalden las causales invocadas para activar el mecanismo de democracia directa.
Con base en esos criterios, el CNE resolvió negar la entrega de los formularios necesarios para iniciar la recolección de firmas ciudadanas, requisito indispensable para avanzar con un proceso de revocatoria de mandato.
En la misma sesión, el Pleno también desestimó la petición presentada por Jorge Cáceres Echeverría para revocar el mandato de la vicepresidenta María José Pinto.
Según el organismo electoral, la solicitud tampoco cumplió con los parámetros técnicos y legales exigidos por la normativa para autorizar la entrega de formularios destinados a la recolección de respaldos ciudadanos.
La resolución cierra, por el momento, ambos intentos de activar procesos de revocatoria contra las principales autoridades del Ejecutivo, al considerar que las solicitudes carecen de la motivación y sustento requeridos por la legislación ecuatoriana.