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Guillermo Lasso decretó la muerte cruzada

17/05/2023 El Oriente - Redacción

Se disuelve la Asamblea Nacional y el CNE debe convocar a elecciones

Se disuelve la Asamblea Nacional y el CNE debe convocar a elecciones / Foto: cortesía Guillermo Lasso Se disuelve la Asamblea Nacional y el CNE debe convocar a elecciones / Foto: cortesía Guillermo Lasso

Se disuelve la Asamblea Nacional y el CNE debe convocar a elecciones / Foto: cortesía Guillermo Lasso

Ecuador se despertó hoy, 17 de mayo, con el anuncio del presidente Guillermo Lasso que decretó la muerte cruzada. Lo hizo en una cadena nacional.

En su cuenta de Twitter publicó: He firmado el Decreto Ejecutivo 741, con el objetivo de disolver la Asamblea Nacional y solicitar al CNE se convoque a elecciones”.

Añadió: “Ecuatorianas y ecuatorianos: esta es la mejor decisión para darle una salida constitucional a la crisis política y conmoción interna que soporta el Ecuador y devolver al pueblo ecuatoriano el poder de decidir su futuro en las próximas elecciones”.

En la cadena nacional señaló que solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) la convocatoria inmediata a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos.

El decreto de la muerte cruzada se da luego de que ayer se cumpliera la primera jornada del juicio político en contra del Jefe de Estado en la Asamblea Nacional.

¿Qué es la muerte cruzada?

La muerte cruzada es una herramienta jurídica creada en la Constitución de 2008 (Montecristi). Es un poder que le otorga la Constitución al Presidente de la República para disolver la Asamblea Nacional. Así lo establece el artículo 148. El artículo 130 también contempla esa posibilidad, pero desde el otro lado, desde la Asamblea Nacional.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) tendría un plazo máximo de 7 días para convocar a elecciones generales para el resto del período vigente. Y las votaciones deberán realizarse en un plazo menor a 90 días.

Durante esos 3 meses y hasta la instalación de la nueva Asamblea Nacional, el presidente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional podrá gobernar a través de decretos-leyes de urgencia económica.

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