Economía

Nueva tabla del SRI eleva retenciones en servicios financieros y pagos a influencers

09/03/2026 El Oriente - Redacción

Uno de los cambios más relevantes es el aumento de la retención del 2 % al 3 % para varios servicios financieros

El descuento se aplicará automáticamente a través de los sistemas de las entidades financieras cuando los usuarios realicen estas operaciones / Foto: cortesía El descuento se aplicará automáticamente a través de los sistemas de las entidades financieras cuando los usuarios realicen estas operaciones / Foto: cortesía

El descuento se aplicará automáticamente a través de los sistemas de las entidades financieras cuando los usuarios realicen estas operaciones / Foto: cortesía

Quito- El Servicio de Rentas Internas implementó desde el 1 de marzo de 2026 una actualización en los porcentajes de retención de impuestos aplicados a diversas actividades económicas en el país. La medida quedó establecida en la Resolución NAC-DGERCGC26-00000009, que fija nuevas tasas entre el 1 % y el 10 % dependiendo del tipo de operación.

Uno de los cambios más relevantes es el aumento de la retención del 2 % al 3 % para varios servicios financieros ofrecidos por bancos y cooperativas. Entre ellos se incluyen préstamos, cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación, depósitos a plazo fijo, certificados de inversión, avales e intereses generados por ventas a crédito.

Según la normativa, el descuento se aplicará automáticamente a través de los sistemas de las entidades financieras cuando los usuarios realicen estas operaciones. Sin embargo, el organismo tributario aclaró que las inversiones financieras con un plazo igual o superior a 180 días estarán exentas de esta retención.

La resolución también mantiene diferentes niveles de retención para otras actividades económicas. Por ejemplo, se establece un porcentaje del 1 % para servicios de transporte de pasajeros y de carga, así como para ciertas compras realizadas a contribuyentes del régimen RIMPE.

En el caso de la retención del 2 %, esta se aplicará a actividades como servicios de energía eléctrica, emisión de tarjetas de crédito, pagos realizados a compañías de seguros, arrendamiento mercantil, construcción y adquisición de bienes muebles.

Para servicios profesionales prestados por sociedades residentes en el país y el pago de comisiones a empresas nacionales se fijó una retención del 5 %.

La tasa más alta, del 10 %, incluye honorarios y pagos relacionados con el uso de imagen o reputación en actividades comerciales. En esta categoría se encuentran las remuneraciones a influencers en redes sociales, además de pagos a artistas, deportistas, entrenadores, árbitros y otros profesionales que prestan servicios sin relación de dependencia.

WhatsApp

Comunícate con El Oriente a través de WhatsApp

Conviértete en reportero. Envíanos tú material al +593 98 016 3921 (No recibimos llamadas)

+593 98 016 3921 (No recibimos llamadas) Envianos tu Mensaje

VIDEOS | MENSAJES | FOTOS | NOTAS DE VOZ

Versión Impresa

Edicion Impresa
Descarga Versión Impresa

Edición No.47 / Diciembre 2025

Ver Todas las Ediciones