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80 % de los trabajadores de las empresas en El Oriente deben ser residentes

16/08/2024 El Oriente - Redacción

El 20 % restante puede ser de otra provincia, pero esta también debe ser amazónica

El petróleo es una de las principales fuentes de empleo en la Amazonía / Foto: cortesía Petroecuador El petróleo es una de las principales fuentes de empleo en la Amazonía / Foto: cortesía Petroecuador

El petróleo es una de las principales fuentes de empleo en la Amazonía / Foto: cortesía Petroecuador

Quito- Una medida para impulsar el empleo en la Amazonía. El Ministerio de Trabajo expidió, en abril de 2024, la Norma Técnica para la Aplicación del Derecho al Empleo Preferente Establecido en La Ley Orgánica para la Planificación y Desarrollo Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica. 

¿Qué implica la medida? El documento señala que las instituciones públicas y privadas, personas naturales o jurídicas, sean estas empresas privadas, mixtas o comunitarias, con capitales nacionales o extranjeros, que realicen sus actividades económicas en la jurisdicción de la circunscripción territorial amazónica, contratarán a residentes de las provincias amazónicas, en no menos del 80 %, para ejecución de actividades dentro de la circunscripción, con excepción de aquellas actividades para las que no exista la mano de obra calificada requerida. 

El Ministerio de Trabajo divide los porcentajes en tres partes:  

  • El 60 % de la nómina referida, corresponderá a ciudadanas o ciudadanos residentes permanentes amazónicos, tomando en cuenta la prelación de origen de los habitantes de la respectiva zona de influencia directa, considerando el orden parroquial y cantonal, que será justificada por el empleador ante el ente rector nacional del trabajo y las organizaciones populares de cada sector. Se observará también los criterios de inclusión de género, jóvenes, nacionalidades y pueblos.  

  • El 20 % de la nómina mencionada, corresponderá a ciudadanas o ciudadanos residentes permanentes amazónicos de la respectiva provincia en donde las instituciones públicas y privadas realizan su principal actividad económica. 

  • El 20 % restante de dicho total, corresponderá a ciudadanas o ciudadanos residentes permanentes amazónicos de la circunscripción territorial amazónica

La circunscripción territorial amazónica corresponde a las provincias de Zamora Chinchipe, Morona Santiago, Orellana, Napo, Pastaza y Sucumbíos.  

La medida también aplica para la construcción de proyectos estratégicos u obras. Cuando se ejecuten obras o proyectos estratégicos en jurisdicciones provinciales amazónicas que sean limítrofes entre sí, se contratará la mano de obra local y la prestación de servicios en partes iguales; es decir, cada parroquia de influencia del proyecto será considerada para la contratación con orden de prelación local.  

En este porcentaje estarán incluidos los contratados en teletrabajo, que también deberán ser residentes de la circunscripción territorial amazónica “para precautelar el empleo y el desarrollo local”. 

El Ministerio de Trabajo hará seguimiento al cumplimiento de la medida y se señalan multas en caso de infringir la disposición.  

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