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Energía
Sinohydro fija plazo de 15 días para que Ecuador concrete la recepción definitiva de Coca Codo Sinclair
También solicitan la liberación progresiva de garantías bancarias, que en conjunto representan alrededor de 200 millones de dólares
El Estado deberá formalizar la recepción de una obra que arrastra cuestionamientos técnicos relevantes / Foto: cortesía Celec
Quito- La empresa Sinohydro solicitó formalmente al Estado ecuatoriano concretar la recepción definitiva de la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair en un plazo máximo de 15 días, tras el cierre del proceso de arbitraje internacional con la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec).
El pedido se sustenta en el laudo arbitral emitido a finales de marzo de 2026, que dio paso a un acuerdo entre las partes para dejar sin efecto el litigio. A partir de esa decisión, la compañía sostiene que las condiciones contractuales para cerrar el proyecto deben considerarse cumplidas, activando así el conteo para la firma del acta definitiva.
De acuerdo con Expreso, esto implica que el Estado deberá formalizar la recepción de una obra que, aunque opera desde 2016 y tiene una capacidad de hasta 1.500 megavatios, arrastra cuestionamientos técnicos relevantes. Entre ellos, más de 17.000 fisuras detectadas en componentes clave del sistema, lo que ha impedido durante años su aceptación plena.
Antes del acuerdo arbitral, varias obligaciones contractuales seguían pendientes, incluyendo la corrección de defectos, compensaciones por retrasos y la validación integral de las condiciones operativas. Sin embargo, el nuevo convenio redefine estos incumplimientos como resueltos, trasladando su manejo a un tercero bajo un contrato de operación, administración y mantenimiento.
El esquema también contempla la liberación progresiva de garantías bancarias por parte de la empresa estatal, que en conjunto representan alrededor de 200 millones de dólares. Este punto es especialmente sensible, considerando que auditorías previas ya habían identificado perjuicios económicos para el país asociados a fallas en la construcción.
Como parte del proceso, se deberá conformar una comisión técnica para realizar una inspección final. No obstante, esta revisión tendrá un alcance limitado, ya que solo se considerarán observaciones no cubiertas por el acuerdo arbitral.
El cierre del proyecto no solo redefine responsabilidades, sino que también traslada riesgos al nuevo operador, en un contexto donde persisten dudas sobre la conveniencia de aceptar una infraestructura con problemas estructurales no resueltos.
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