Economía

¿Cuánto ganaré si trabajo durante Carnaval?

27/02/2025 El Oriente - Redacción

El lunes 3 y martes 4 de marzo es feriado en Ecuador

El trabajo en días feriados debe ser remunerado con un recargo del 100 % / Foto: cortesía Nestlé El trabajo en días feriados debe ser remunerado con un recargo del 100 % / Foto: cortesía Nestlé

El trabajo en días feriados debe ser remunerado con un recargo del 100 % / Foto: cortesía Nestlé

Quito- Una pregunta que muchos se hacen: ¿cuánto ganaré si trabajo durante el feriado de Carnaval que se avecina? Los trabajadores que laboren el lunes 3 y martes 4 de marzo, tienen derecho a recibir una remuneración adicional. Así lo estipula el artículo 65 del Código del Trabajo de Ecuador.  

Este artículo establece que todos los trabajadores tienen derecho a un descanso obligatorio remunerado en los días feriados. Así garantiza la compensación por el trabajo realizado en estas fechas. 

El trabajo en días feriados debe ser remunerado con un recargo del 100 %, lo que significa que los empleados que presten sus servicios durante estos días recibirán el doble de su salario habitual por cada hora trabajada. Este recargo es aplicable independientemente del tipo de actividad o sector en el que se desempeñe el trabajador. 

Para calcular las horas extras, se tomará como base la remuneración correspondiente a la hora de trabajo diurno, y cualquier trabajo realizado fuera del horario estándar deberá ser considerado como horas extras, con el recargo correspondiente. 

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